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Política
30 de octubre de 2026 · 09:02 p. m.
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Queda firme la condena de 2 años con suspensión de ejecución en el caso de los detergentes de oro

La Sala Penal cerró el último recurso de Edwin López Cattebeke: devolverá G. 50 millones a la Municipalidad de Asunción y donará otros G. 10 millones.

Queda firme la condena de 2 años con suspensión de ejecución en el caso de los detergentes de oro
Imagen de contexto, no corresponde a los hechos relatados · khezez | خزاز / Pexels

La condena contra Edwin López Cattebeke ya no tiene vuelta. La Sala Penal rechazó el recurso de su defensa y dejó firme la sentencia por lesión de confianza en grado de cómplice y asociación criminal en grado de autor. La pena es de 2 años de cárcel, con suspensión de la ejecución de la condena.

La otra parte se paga en guaraníes. Deberá devolver G. 50 millones como reparación del daño particular a la Municipalidad de Asunción. Y además deberá donar G. 10 millones a la Dirección de Bienestar de Personal, que depende de la Corte, como reparación social.

López Cattebeke era director de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Asunción. El caso se conoce como el de los detergentes de oro, por la adquisición irregular de insumos de limpieza.

Según la investigación fiscal, firmó certificados de disponibilidad presupuestaria que habilitaron transferencias a Bastián Comercial y MYF Industria. La misma investigación fiscal sostiene que los productos contratados nunca ingresaron a la Municipalidad y que los actos de recepción eran falsos.

El camino hasta acá tuvo varias estaciones. El Tribunal Especializado en Delitos Económicos, Anticorrupción y Crimen Organizado, Primera Sala, dictó acuerdo y sentencia el 25 de agosto. Ese tribunal confirmó la resolución de diciembre del 2025 del juez Rodrigo Estigarribia.

La defensa, a cargo del abogado Joel David Fernández, intentó torcer el resultado. Sostuvo en su recurso que el juez de Garantías rechazó la suspensión condicional sin fundamentar su resolución. También alegó que el Tribunal de Apelaciones tramitó erróneamente el recurso como apelación especial y pidió su nulidad.

La Sala Penal le respondió por unanimidad. Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Gustavo Santander declararon inadmisible el recurso. Los ministros señalaron que el planteamiento es incorrecto porque cuestiona el fallo de garantías y no el del Tribunal de Apelación, y que la defensa no fundamentó por qué era nula la resolución.

Queda un dato en el expediente. López Cattebeke aceptó el procedimiento abreviado porque necesita trabajar, según su propia versión, aunque se había declarado inocente.

La causa, sin embargo, no termina con él. Nenecho Rodríguez irá a juicio oral solo por lesión de confianza en la misma causa de los detergentes de oro.

Fuentes: Sala Penal · Tribunal Especializado en Delitos Económicos, Anticorrupción y Crimen Organizado, Primera Sala · Juzgado de Delitos Económicos · Tribunal de Apelaciones · Municipalidad de Asunción · Dirección de Bienestar de Personal de la Corte · informaciones de prensa

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